jueves. 19.09.2024

El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes el decreto de los días festivos en el Calendario Laboral de 2025 a falta de fijar las dos festividades de índole local que tendrán que pasar por pleno  para su aprobación, tal y como ha informado el portavoz del Ejecutivo a la finalización del habitual encuentro semanal.

Así, ha falta de estos dos días que tendrán que ser aprobados por la Asamblea, los festivos no laborables serán para el año 2025 los siguientes: el día de Año Nuevo, el día de Reyes, el Jueves y Viernes Santo (17 y 18 de abril), la Pascua del Sacrificio (6 de junio), el día de la Virgen de África (5 de agosto), el 15 de agosto, el 1 de noviembre, el 6 y el 8 de diciembre (Día de la Constitución y de La Inmaculada) y el 25 de diciembre, Navidad.

La propuesta respecto a los dos festivos locales que pasará por pleno sumará, además, de ser aprobada, algo que parece que sucederá sin problemas, las festividades del Final del Ramadán y San Antonio.

De este modo, quedan fuera de las festividades no laborables para 2025 el Día del Padre, el Día de Ceuta, como ya ha sucedido este año, y el lunes posterior al 12 de octubre que, en esta ocasión, caerá en domingo.

Este será el calendario laboral de 2025, a falta de fijar las dos fiestas locales