viernes. 27.09.2024
JUSTICIA

Rebajan en dos años la pena a un condenado por tentativa de asesinato

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha estimado el recurso del abogado de un condenado, en primera instancia, por la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta por homicidio en grado de tentativa. De esta guisa, la pena impuesta pasa de 11 a 9 años, además de rebajarse también la cantidad indemnizatoria y el tiempo de alejamiento con la víctima.
Sala de vistas de la Audiencia Provincial / Archivo
Sala de vistas de la Audiencia Provincial / Archivo

La sala de apelaciones del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha estimado parcialmente uno de los recursos presentado por el abogado del único condenado por un intento de asesinato en el pantano. Los hechos, que ocurrieron en 2017, se saldaron con un hombre gravemente herido y la imposición de una condena de 11 años de cárcel, además de una indemnización superior a los 32.000 euros y una orden de alejamiento respecto de la víctima de 21 años y tres meses. Al estimar este recurso, la privación de libertad baja hasta los nueve años, el pago hasta los 18.050 y la orden de alejamiento a los 19 años.

El motivo de esta rebaja es que, según el recurso planteado por la defensa y estimado por el TSJA, el autor padecía una anomalía psíquica que no fue tenida en cuenta, en primera instancia, a la hora de dictar la sentencia, y que si asume como válido el TSJA para rebajar la condena. No obstante ello, el TSJA niega la absolución total, como planteaba el abogado defensor.

Los hechos ocurrieron en 2017, cuando ambos coincidieron en uno de los pantanos de la ciudad y, sin mediar palabra, el condenado agredió brutalmente a la víctima, que recibió varias puñadas en una axila y el esternon, que estuvieron a punto de costarle la vida. De hecho, el agredido estuvo sin poder valerse por si mismo más de dos meses, tiempo que duró el proceso de recuperación tras la brutal agresión.

Una agresión que sorprendió, no solo por la crudeza de la misma, sino también porque no había ningún vínculo ni roce previo entre ambos. Se conocían porque el condenado era vecino de un familiar directo del agredido, pero nunca existió un problema entre ambos con anterioridad. Circunstancia esta, la de una posible enajenación pasajera, que trató de aprovechar la defensa del condenado para dejar sin efecto la pena impuesta, lográndolo solo en parte.

Rebajan en dos años la pena a un condenado por tentativa de asesinato