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Licencias, inscripciones y número total de futbolistas: estas son las normas de Primera Federación

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Las Bases de Competición establecen que cada club debe tener inscritos 18 jugadores con ficha de profesional 'P' durante toda la temporada. 

Los clubes podrán obtener un número máximo de 23 licencias de futbolistas en su plantilla, aumentable dicho número a 24 en el caso de tramitar licencias a tres porteros. Así lo establecen las Bases de Competición, norma fundamental de la categoría. 

De las citadas licencias, no podrá haber más de 17 o 18 (en caso de tener 24 licencias) mayores de 23 años debiendo ser el resto menores de la citada edad, computándose las altas y las bajas que se pudieran producir a lo largo 9 de la temporada, de tal forma que la plantilla nunca puede estar compuesta por más de 17 o 18 futbolistas mayores de 23 años. 

En los clubes pertenecientes a la Primera Federación deberá existir durante toda la temporada un mínimo de 18 licencias de categoría "P", desde que finalice el primer plazo de inscripciones hasta el final de temporada y disponer de un mínimo de 7 licencias una semana antes de la primera jornada de la competición, siendo este un requisito de participación en la competición.

Además, los clubes, con carácter obligatorio, deberán tener adscrito a la plantilla, mediante la correspondiente licencia, a un médico colegiado que deberá estar presente en todos los partidos que dispute el club, así como en todos los entrenamientos, y deberá de asumir las responsabilidades concernientes al control antidopaje, entre otras. En la categoría de Primera Federación será obligada la presencia de un/a médico durante la totalidad de los partidos oficiales y provisto por el equipo local, o el que juegue como local cuando el partido se dispute en campo neutral.

Ventana de fichajes

En relación con la inscripción de un futbolista para Primera Federación, se podrá formalizar durante los dos periodos habilitados al respecto durante la temporada, siendo estos para la temporada 2023/2024, del 1 de julio de 2023 al 1 de septiembre de 2023 y del 2 de enero de 2024 al 1 de febrero del 2024.

Las Federaciones de ámbito autonómico no podrán expedir licencias a favor de los clubes adscritos a Primera Federación fuera de los periodos de inscripción previstos para cada una de ellas. Para la inscripción dentro de los periodos previstos se precisará informe favorable de la RFEF.