viernes. 29.03.2024
JUSTICIA

CSIF se felicita de la sentencia del Supremo que establece que las prestaciones por maternidad están exentas de IRPF

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios, ha aplaudido la sentencia del Tribunal Supremo que se ha hecho pública este viernes y que establece que las prestaciones por maternidad de la Seguridad Social que perciben las mujeres trabajadoras durante la baja de 16 semanas tras el nacimiento de un hijo, están exentas del IRPF, en contra del criterio que hasta ahora ha mantenido la Agencia Tributaria.

CSIF tiene interpuestas numerosas reclamaciones tanto por la vía administrativa como, agotada ya ésta, por la vía judicial, para solicitar la devolución del IRPF que pagaron numerosas trabajadoras que cobraron la pensión de maternidad.

 

Sólo en Madrid, este sindicato había interpuesto alrededor de un centenar de reclamaciones, las cuales están a la espera de resolución por el Tribunal Económico Administrativo de Madrid. En caso de respuesta negativa, se acudiría a la vía judicial mediante recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Entre las reclamantes hay trabajadoras públicas de distintos sectores como Educación o Sanidad, así como empleadas de la empresa privada.

 

En la sentencia conocida este viernes, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo desestima un recurso de la Abogacía del Estado, que defendía que dichas prestaciones no debían estar exentas del IRPF. El Supremo confirma así una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de junio de 2017, que estimó el recurso de una mujer y ordenó a Hacienda que le devolviera la cantidad ingresada en el IRPF de 2013 por la prestación por maternidad con cargo a la Seguridad Social percibida en dicho ejercicio.

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